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POLÍTICA COMPLIANCE

1. FINALIDAD

La presente Política de Compliance, desarrolla lo establecido en el Código de Conducta de ENRIQUE COCA, S.A. (“Compromisos de conducta”) y, por consiguiente, enlaza con los valores éticos de la organización ratificando su firme voluntad de mantener una conducta respetuosa tanto con las normas como con los estándares éticos, y define para ello su marco de principios de cumplimiento en concreto las normas relacionadas con la libre competencia.

Esta Política está alineada con los empleados, clientes, accionistas y proveedores, socios de negocio, comunidades locales y la sociedad en su conjunto (en adelante, los “Grupos de Interés”).

Este texto está coordinado con los objetivos estratégicos de la entidad, la cultura de integridad y respeto hacia las normas y tiene en consideración no sólo los intereses de la empresa sino también las necesidades y expectativas de sus Grupos de interés y por ello requiere el máximo compromiso de la Dirección y de todas las personas que forman parte de la organización para cumplir con sus disposiciones.

Como norma de alto nivel, esta Política habilita la elaboración de políticas de cumplimiento de carácter específico que desarrollen y amplíen su contenido.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente Política es de obligado cumplimiento y aplicación global para:

• ENRIQUE COCA, S.A., todas sus áreas de negocio y operaciones.
• Todo el personal de la organización, independientemente de su posición o función.
• Socios comerciales, proveedores y cualquier persona física o jurídica que actúe en nombre o representación de la empresa cuando la naturaleza de la relación así lo exija.

Esta Política será notificada formalmente y deberá ser aceptada expresamente por todos los empleados y partes interesadas relevantes. Su cumplimiento será supervisado por el Órgano de Compliance.

3. PRINCIPIOS RECTORES EN MATERIA DE COMPETENCIA.

Esta Política de Compliance se basa en los siguientes principios:

• Cumplimiento estricto de la normativa aplicable en materia de libre competencia.

• Promoción de la libre competencia y rechazo de cualquier práctica colusoria, abuso de posición dominante o actos desleales.

• Adopción de medidas preventivas para evitar conductas que puedan infringir el derecho de la competencia.

• Compromiso con la mejora continua del sistema de gestión del Compliance.

4. CONTENIDO DE LA POLÍTICA

A través de esta Política, ENRIQUE COCA, S.A. busca enlazar los principios y valores recogidos en el Código de Conducta con los comportamientos y responsabilidades de sus empleados y Grupos de Interés.

Por ello, y para darle efectividad, ENRIQUE COCA, S.A. ha establecido un Procedimiento que recoge las medidas organizativas y de gestión necesarias para su correcto desarrollo, conformando el marco general del Sistema de gestión de Compliance en materia de libre competencia.

Ha creado además un órgano de Compliance, formado por una tres personas con la suficiente autoridad y capacidad para el desempeño de sus funciones.

Será responsabilidad del órgano de Compliance velar por el cumplimiento adecuado de esta Política, así como supervisar el correcto funcionamiento del Procedimiento asociado a la misma.

No obstante, la responsabilidad de cumplir con las normas y estándares éticos e integrar las obligaciones de Compliance, en especial las relativas a la libre competencia dentro de sus actividades diarias, compete a toda la organización y, por lo tanto, a sus órganos de gobierno y a todos sus empleados.

A tal respecto, se detallan a continuación las responsabilidades que tendrán todos los empleados de ENRIQUE COCA, S.A., independientemente del puesto de trabajo que ocupen, así como aquellas obligaciones de Compliance que, por la función que ejercen, tienen asignadas de forma adicional los Directivos.

Responsabilidades de los miembros del órgano de gobierno

En lo que respecta a esta Política, son obligaciones propias de los miembros del órgano de gobierno:

1. Aprobar formalmente la Política de Compliance, así como las modificaciones o actualizaciones que se precisen para mantener su vigencia y eficacia.

2. Promover una cultura de Compliance en ENRIQUE COCA, S.A. a través de su propia conducta, liderando con el ejemplo.

3. Conocer el Procedimiento de Gestión de Compliance que desarrolla la Política y asegurarse de que el órgano de Compliance cuenta con los medios
necesarios para el desarrollo de sus cometidos.

4. Otorgar el soporte y la legitimidad necesarios al órgano de Compliance para que pueda desarrollar sus cometidos, permitiéndole el acceso y la
participación en los procesos de toma de decisión relacionados con el Sistema de Compliance.

5. Adoptar de manera inmediata aquellas decisiones y acciones necesarias para evitar riesgos de incumplimiento o mitigar sus efectos, en caso de
materializarse.

Responsabilidades de los responsables y coordinadores

A los efectos de la presente Política, se entenderá responsables y coordinadores quienes, sin ser miembros del órgano de administración son responsables de departamentos o áreas o desempeñan funciones de especial responsabilidad dentro de la Compañía.
En lo que respecta a esta Política, son obligaciones propias de los responsables y coordinadores de ENRIQUE COCA, S.A.:

1. Identificar las obligaciones de Compliance, ya sean de carácter imperativo o asumidas voluntariamente, informando de su existencia y cumplimiento al órgano de Compliance, especialmente ante posibles dudas o riesgos de su vulneración y en especial las relacionadas con la libre competencia.

2. Velar por que las personas de sus equipos conozcan las obligaciones de Compliance que les afectan y reciban formación regular al respecto.

3. Identificar los riesgos o incumplimientos de Compliance.

4. Aplicar y comunicar al órgano de Compliance las acciones de corrección apropiadas para evitar los riesgos de incumplimiento, participando
activamente en su ejecución cuando así proceda.

5. Promover entre las personas de sus equipos la comunicación de cualquier incidencia de Compliance.

6. Facilitar, cuando así proceda, el acceso del órgano de Compliance a las reuniones entre responsables y coordinadores, o de éstos con sus equipos.

Responsabilidades de todo el personal

En lo que respecta a esta Política, son obligaciones de todo el personal de ENRIQUE COCA, S.A.:

1. Observar, en el desempeño de su actividad, una conducta honesta y de cumplimiento respecto de la presente Política y de las obligaciones de
Compliance.

2. Integrar las obligaciones de cumplimiento dentro de sus actividades diarias, formando parte de los procesos que se ejecuten en el día a día.

3. Comunicar, por los cauces establecidos para ello, cualquier incumplimiento o riesgo de incumplimiento que adviertan o del que sean conocedores y cooperar en su resolución.

4. Plantear las dudas, sugerencias o inquietudes que suscite el cumplimiento de la presente Política o de las obligaciones de Compliance.

5. Cooperar en las tareas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones de Compliance, incentivando a las personas a observar una conducta alineada con esta Política.

6. Asistir a las sesiones de formación en materia de Compliance.

7. Facilitar el desarrollo y ejecución de los cometidos del órgano de Compliance y, en concreto, proporcionar aquella información y documentación que les sea solicitada.

Declaración de cumplimiento

Puesto que el cumplimiento de las normas y estándares éticos compromete a toda la empresa y constituye un objetivo estratégico para esta, se espera que todo el personal conozca y respete el contenido de esta Política.

Igualmente, y respecto de los terceros con los que ENRIQUE COCA, S.A. mantiene relaciones de negocio, se espera que desarrollen comportamientos alineados con la misma.

ENRIQUE COCA, S.A. reaccionará de forma inmediata ante eventuales incumplimientos de lo establecido en esta Política, dentro de los parámetros establecidos en la legislación vigente.

Esta política ha sido aprobada por el órgano de gobierno y será objeto de las adecuadas acciones de comunicación, formación y sensibilización para su oportuna comprensión y puesta en práctica en toda la organización.

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